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Procédure collective
CONSTRUCCIONES RIBES PIZARRO SL
CIF B46579504Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 13/12/2018 → 22/07/2022
- Procédure
- 453/2018
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 VALENCIA · Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Valencia
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso22/07/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 VALENCIA Proc. 453/2018Juge : CARLA PAOLA ARIAS BURGOSOrdonnance 12/07/2022
Declaro a MARÍA ANTONIA RODRÍGUEZ VILLANUEVA en concurso de acreedores voluntario y, al mismo tiempo, acuerdo la conclusión de las actuaciones por insuficiència de masa activa.
- Otro acto concursal07/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 VALENCIA Proc. 453/2018Juge : YOLANDA RIOS LOPEZOrdonnance 12/07/2022
FORMACIÓN SEXTA
- Declaración de concurso13/12/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de ValenciaOrdonnance 20/11/2018
Don Cristina Mª Valero Domenech, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 453/18 habiéndose dictado en fecha 20 de noviembre de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Construcciones Ribes Pizarro, S.L. con CIF B46579504, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a Dª. Lorena Costa Romano, con domicilio profesional en calle Guillem de Castro nº 65-2º puerta 4, 46008 Valencia, teléfono 96.392.16.07, fax 96.392.04.80 y correo electrónico Icosta@gesemcom, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 Ley Concursal. Valencia, 27 de noviembre de 2018.- La letrada de la Administración de justicia, Cristina María Valero Domenech.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.