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Procédure collective
CONSTRUCCIONES RUBIO LOPEZ E HIJOS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B04182614Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 18/05/2015 → 29/07/2020
- Procédure
- 181/2015
- Tribunal
- MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso29/07/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 181/2015Juge : MARTA ARAGON ARRIOLAOrdonnance 09/06/2020
La conclusión del presente procedimiento concursal. - La extinción de CONSTRUCCIONES RUBIO LOPEZ E HIJOS SL
- Otro acto concursal18/05/2015⚖️ ALMERÍAProc. 181/2015Ordonnance 14/04/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 181/2015, con NIG 0401342M20150000176 por auto de 14 de abril de 2015 se ha declarado en concurso al deudor CONSTRUCCIONES RUBIO LÓPEZ E HIJOS, S.L., con CIF B-04182614, con domicilio en calle Sierra de Segura, número 28, Polígono La Juaida, de Viator (Almería), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC a estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido AUDICO CONSULTORES EMPRESARIALES, S.L.P., con CIF B-04155560, representada por su Administrador solidario D. Alejandro Roberto García Díaz, con DNI 27.515.688-Y, con domicilio postal en Carretera de Ronda, n.º 110, 4.º 1, de Almería, teléfono 950.26.76.17 y dirección electrónica [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 21 de abril de 2015.- El/La Secretario/a judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.