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Procédure collective
CONSTRUCCIONES VULTIMACO S.L
CIF B06215073Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 22/06/2022 → 24/09/2025
- Procédure
- 460/2024
- Tribunal
- MERCANTIL DE BADAJOZ Nº 001 · Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZ
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación24/09/2025⚖️ MERCANTIL DE BADAJOZ Nº 001Proc. 460/2024Juge : ZAIRA GONZALEZ AMADOOrdonnance 01/09/2025
Abrir la fase de liquidación del deudor CONSTRUCCIONES VULTIMACO SL, formándose la sección quinta y sin finalización de fase de liquidación.
- Otro acto concursal11/04/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 460/2024Juge : ZAIRA GONZALEZ AMADOOrdonnance 02/04/2025
Presentado el anterior escrito por la administración concursal junto con el informe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 290 y 507 del TRLC.
- Declaración de concurso04/02/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 460/2024Juge : ZAIRA GONZALEZ AMADOOrdonnance 31/01/2025
1.- Se declara en situación de concurso de acreedores CONTRUCCIONES VULTIMACO SL., con CIF: B062150732.- El presente concurso tiene carácter VOLUNTARIO, con liquidación de su masa activa.
- Otro acto concursal22/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 460/2024Juge : JOSEFINA OÑA MARTINOrdonnance 31/01/2025
EN LA PROVIDENCIA QUE SE ADJUNTA SE PONE DE MANIFIESTO EL ESCRITO DE RENDICION DE CUENTAS A LAS PARES, PRESENTADO POR EL ADMINISTRADOR CONCURSAL. TAMBIEN SE ADJUNTA LA RENDICION DE CUENTAS.
- Otro acto concursal22/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 460/2024Juge : SOFÍA GIL GARCÍAOrdonnance 31/01/2025
Declarar al deudor Vadillo Asesores Empresariales S.L. con CIF B-828640000 en situación de concurso voluntario, concluir el concurso por insuficiencia de masa activa, y acordar la extinción de la sociedad y la cancelación de la inscripción registral.
- Declaración de concurso22/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 460/2024Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 31/01/2025
Presentación rendición de cuentas
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.