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Procédure collective

CONSTRUCCIONES Y ESTRUCTURAS CASAPLAN, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B13396809Voir la fiche société

Publications
227/04/201330/08/2014
Procédure
369/2012

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal30/08/2014
    ⚖️ CIUDAD REALProc. 369/2012Ordonnance 31/07/2014

    Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia: Que el procedimiento concursal abreviado número 369/2012, referente a la concursada "CONSTRUCCIONES Y ESTRUCTURAS CASAPLAN, S.L.", con CIF B-13396809, con domicilio de sus intereses principales en Daimiel (Ciudad Real), C/ María Cristina, 5, inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real al tomo 369, folio 150, hoja número CR-14243, inscripción 1.ª, por Decreto de 31 de julio de 2014 se ha acordado lo siguiente: 1. Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal. Ciudad Real, 31 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

  2. Declaración de concurso27/04/2013
    ⚖️ CIUDAD REALProc. 369/2012Ordonnance 03/04/2013

    D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial sección I Declaración de Concurso número 369/2012 y NIG n.º 13034 41 2012 0003720, se ha dictado en fecha 3 de abril de 2013 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora Construcciones y Estructuras Casaplan, S.L., con CIF B-13396809, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Daimiel (Ciudad Real), Plaza de María Cristina, 5. 2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora. Se ha designado, como administración concursal a ABA Restructuración de Empresas, S.L.P, con domicilio postal en C/ Ferraz, n.º 4, 28028 de Madrid y dirección electrónica señalada es [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.). 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 23 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.