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Procédure collective

CONSTRUCCIONES ZABALZA ARGUIÑANO SL

CIF B31656010Voir la fiche société

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202/06/201024/07/2010

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal24/07/2010
    ⚖️ PAMPLONAOrdonnance 29/06/2010

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona nº 1, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 0000233/2010 referente al deudor Construcciones zabalza Arguiñano, S.L. con CIF B-31656010, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el Tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE. Dentro del plazo de diez días, computados desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Pamplona, 29 de junio de 2010.- El/La Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal02/06/2010
    ⚖️ PAMPLONAOrdonnance 20/05/2010

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 0000233/2010, por auto de fecha 29 de abril se declaró en concurso voluntario al deudor Construcciones Zabalza Arguiñano, S.L., con domicilio en Beriain (Navarra) cuyo centro de principales intereses lo tiene en Beriain y con C.I.F. B31656010 (en anterior edicto publicado con fecha 18 de mayo constaba erróneamente el C.I.F. A31656010) 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC El plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar desde el siguiente día a la publicación en el BOE de ese edicto 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC) Pamplona, 20 de mayo de 2010.- El/la Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.