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Procédure collective

CONSTRUCCIONS I SERVEIS SAIZ SA

CIF A59512152Voir la fiche société

Publications
231/03/201127/12/2013
Procédure
90/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal27/12/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 90/2011Ordonnance 22/11/2013

    Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 90/2011, seguido en este Juzgado a instancia del Procurador don Alejandro Font Escofet, en nombre de Construccions i Serveis Saiz, S.A., con CIF: A59512152, se ha dictado Auto en fecha 22/11/13, cesando los efectos de la declaración del concurso y la administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 22 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso31/03/2011
    ⚖️ BARCELONAProc. 90/2011Ordonnance 21/02/2011

    Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dictó el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto. Concurso 90/2011, sección A. Fecha del auto de declaración: 21 de febrero de 2011. Clase de concurso: (Voluntario/abreviado). Entidad concursada: "Construccions i Serveis Saiz, S.A.", con domicilio en calle Canarias, número 11, barriada "La Torreta", La Roca del Vallés, con CIF número A-59-512152. Administradores concursales: Don Jerónimo Cabezas Marcos, como Auditor de Cuentas. Régimen de las facultades de la concursada: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio "C", planta 13, de 08014 Barcelona, y teléfono 93.554.97.09 la existencia de sus créditos en el plazo de quince dias a contar desde la publicación en el B.O.E. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 22 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.