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Procédure collective

CONSTRUCCIONS MECANIQUES ESCODA SA

CIF A08760043Voir la fiche société

Publications
224/06/201310/02/2015
Procédure
331/2013

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso10/02/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 331/2013Ordonnance 23/01/2015

    Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona, Por el presente, hago saber, que en el concurso voluntario tramitado bajo el número 331/2013-B, de la entidad mercantil Construcciones Mecánicas Escoda, Sociedad Anónima con CIF A08760043, se ha dictado auto de fecha 23 de enero de 2015, en el cual se acuerda la conclusión de concurso y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente "Parte dispositiva Acuerdo: 1. Concluir el concurso de la entidad Construcciones Mecánicas Escoda, S.A. por insuficiencia de masa activa, su extinción y la cancelación de su inscripción registral, quedando el deudor responsable del pago de los créditos. 2. Inscribir la conclusión del concurso en el registro correspondiente, librando mandamiento al efecto, haciendo constar que esta resolución es firme, así como publicar la misma en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita en atención a insuficiencia de bienes de la concursada (Disposición Transitoria 2.ª del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica). 3. Notificar esta resolución a los personados, poniendo en su conocimiento que contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 177 Ley Concursal). 4. Llevar testimonio de esta resolución al libro de resoluciones definitivas. 5. Cesar a la administración concursal en el ejercicio de su cargo, una vez sea publicada la presente resolución, aprobando la rendición de cuentas presentada. Así lo acuerda y firma Yolanda Ríos López, Magistrada-Juez del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona." Barcelona, 28 de enero de 2015.- El Secretario en sustitución.

  2. Otro acto concursal24/06/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 331/2013Ordonnance 03/06/2013

    Edicto. Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2013-8002458 y número 331/2013-B se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 3 de junio de 2013 de Construccions Mecàniques Escoda, Sociedad Anónima, con CIF A08760043, y domicilio en calle Aurora, 42, Premià de Mar, en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El Administrador concursal es Crepare Administradores Concursales, con domicilio en Vía Augusta, 20-22, 4.º, 08006 Barcelona, y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Vía Augusta, 20-22, 4.º 08006 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 10 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.