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Procédure collective

CONSTRUCTORA HERREÑA FRONPECA SL

CIF B38032298Voir la fiche société

Publications
609/06/201402/09/2025
Procédure
579/2013
Tribunal
Mercantil - 1 · DE LO MERCANTIL SANTA CRUZ DE TENERIFE 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal02/09/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 579/2013Juge : Néstor Padilla DíazOrdonnance 18/07/2025

    Que en el procedimiento concursal número 0000579/2013, en el que figura como concursado CONSTRUCTORA HERREÑA FRONPECA, S.L., se ha dictado el día 18/07/2025 auto por el que se fijan las retribuciones provisionales de la fase común para la...

  2. Otro acto concursal27/12/2021
    ⚖️ DE LO MERCANTIL SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 579/2013Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 17/11/2021

    con fecha 8/3/2021 dictado auto de aprobación del plan de liquidación presentado por la administración concursal

  3. Otro acto concursal14/03/2021
    ⚖️ DE LO MERCANTIL SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 579/2013Juge : Maria Jose Hompanera GonzalezOrdonnance 17/11/2021

    Auto de declaración y conclusion concurso

  4. Apertura de liquidación14/03/2021
    ⚖️ DE LO MERCANTIL SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 579/2013Juge : RAUL N. GARCIA OREJUDOOrdonnance 17/11/2021

    DECLARAR AL DEUDOR MILPANETS, S.L. EN SITUCION DE CONCURSO, Y LA CONCLUSION DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA EN LA MASA ACTIVA CON TODOS LOS EFECTOS LEGALES INHERENTES A TAL DECLARACION.

  5. Otro acto concursal23/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 579/2013Juge : ELENA FRAILE LAFUENTEOrdonnance 09/07/2020

    APRUEBO el Plan de Liquidación presentado por la Administración Concursal con las modificaciones introducidas de oficio que han quedado expuestas en el Fundamento Tercero, al que deberán someterse las operaciones de liquidación de la masa activa...

  6. Otro acto concursal09/06/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de TenerifeProc. 579/2013Ordonnance 14/05/2014

    Edicto Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento Concursal 579/2013, se ha dictado auto de fecha 07/05/2014, por la Magistrada-Juez doña Ana Fernández Arranz, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son: "Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado a la Entidad Constructora Herreña Fronpeca, S.L., CIF B38032298 y se declara abierta la fase común del concurso.... Se nombra a D. Alfonso Francisco Delgado Rodríguez, miembro único de la administración concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor que realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal.... Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación acordada en este auto (B.O.E.), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, la comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el BOE, se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, es D. Alfonso Francisco Delgado Rodríguez, quien tiene su domicilio a efectos de comunicaciones en Sta. Cruz de Tenerife, Avda. Buenos Aires, n.º 48, CP 38003, tfn. 922-209582, fax 922203419 y correo electrónico [email protected] Santa Cruz de Tenerife, 14 de mayo de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.