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Procédure collective
CONTINENTAL BUSINESS SL
CIF B07726706Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 04/10/2012 → 04/10/2012
- Procédure
- 473/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso04/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaProc. 473/2012Ordonnance 25/09/2012
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 473/2012 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0000757 se ha dictado en fecha 25 de septiembre de 2012 auto de declaración de concurso necesario ordinario del deudor Continental Business, S.L., con n.º de CIF B-07726706; Hair Force One, S.L., con n.º de CIF B-63366333; Easycut Franquicia, S.L., con n.º de CIF B-57567083, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Bonaire, n.º 6. entresuelo, derecha, de Palma de Mallorca. 2.º-Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición, las cuales serán asumidas por la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al economista don Juan José Estruch Escrivá, con DNI número 19.986.757-X, en nombre y representación de la persona jurídica Estruch Consultores Mercantiles, S.L.P., con n.º de CIF B-98403272, con domicilio profesional en calle Cirilo Amorós, 42, 6.ª puerta 12, 46004 de Valencia y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Palma de Mallorca, 1 de octubre de 2012.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.