AccueilJusticeCONTROL Y SERVICIOS PROFESIONALES SL

Procédure collective

CONTROL Y SERVICIOS PROFESIONALES SL

CIF B28783488Voir la fiche société

Publications
205/03/201414/04/2018
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso14/04/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de MadridOrdonnance 10/04/2018

    Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 672/13 por auto de 06/04/18 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor CONTROL Y SERVICIOS DE PROFESIONALES SLU con C.I.F. B-28783488. 2.º Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.º Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal. Madrid, 10 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal05/03/2014
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 24/02/2014

    Edicto. Don Miguel Ángel Acevedo González, Secretario del Juzgado Mercantil número 8 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 672/13, referente al deudor "CONTROL Y SERVICIOS DE PROFESIOANLES, S.L.U.", con CIF número B-28783488, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 24 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.