Accueil›Justice›CONVENSUR MALAGA SL
Procédure collective
CONVENSUR MALAGA SL
CIF B29835949Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 11/10/2011 → 10/08/2017
- Procédure
- 774/2011 · 05/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso10/08/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 774/2011Ordonnance 20/07/2017
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 23 y 177 de la Ley Concursal, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 774/2011 (NIG 2906742M20110001313) del deudor CONVENSUR MÁLAGA, S.L., con NIF B-29835949, por auto de fecha 20 de julio de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores por insuficiencia de masa activa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento. Acuerdo la extinción de la sociedad CONVENSUR MÁLAGA, S.L., con CIF B-29835949, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la actual Administración Concursal designada. Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC. Málaga, 24 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación13/08/2013⚖️ MÁLAGAProc. 05/2011Ordonnance 25/07/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 774.05/2011, referente al concursado Convensur Málaga, S.L., con CIF B-29835949, por auto de fecha 25 de julio de 2013, se ha acordado lo siguiente: Abrir la fase de liquidación del presente concurso Convensur Málaga, S.L. Desde la fecha de la presente la situación del concursado será la de suspensión de facultades. Se declara disuelta la sociedad concursada, así como el cese de los Administradores o Liquidadores de la sociedad, sin perjuicio de que continuar con la representación de la sociedad en el concurso y en los incidentes de los que sean partes. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y se deberán convertir a dinero los que consistan en otras prestaciones. Procédase de conformidad con los arts. 148 y ss. de la LC. Se hace saber a las partes que en base al art. 197.4 de la LC, se considerará apelación más próxima la que pueda formularse frente a esta resolución. Málaga, 25 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal11/10/2011⚖️ MÁLAGAProc. 774/2011Ordonnance 26/07/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal Anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 774/2011, por auto de 26 de julio de 2011 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor "Conversur Málaga, S.L.", con NIF B29835949, domicilio en calle Canada, 54, polígono industrial "El Viso", Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado en escrito distinto al de la comunicación de crédito (artículo 184.3 Ley Concursal) En Málaga, 1 de septiembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.