Accueil›Justice›CONYESCA SOCIEDAD LIMITADA
Procédure collective
CONYESCA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B35089531Voir la fiche société →
- Publications
- 8 — 30/05/2019 → 20/06/2024
- Procédure
- 212/2019 · 2012/2019
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal20/06/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 212/2019Ordonnance 15/05/2024
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso20/06/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 212/2019Juge : MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGOOrdonnance 15/05/2024
Que en el procedimiento concursal número Concurso Voluntario Abreviado 979/2021 referente al concursado D./Dña. MARCO SANCHEZ LOPEZ, con DNI 50972597C, se ha presentado el Informe de la Administración Concursal, al que se refiere el capítulo I, Tít
- Otro acto concursal17/05/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 2012/2019Juge : Alberto López VillarrubiaOrdonnance 15/05/2024
Que en el procedimiento concursal 212/2019, se ha dictado en fecha 15/05/2024 auto declarando la conclusión del concurso de la ¿mercantil CONYESCA S.L., con CIF B35089531, aprobando la rendición de cuentas presentada por la administración concursal
- Otro acto concursal17/05/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 212/2019Juge : Alberto López VillarrubiaOrdonnance 15/05/2024
Que en el procedimiento concursal 212/2019, se ha dictado en fecha 15/05/2024 auto declarando la conclusión del concurso de la ¿mercantil CONYESCA S.L., con CIF B35089531, y cesando la administración concursal.
- Conclusión del concurso17/05/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 212/2019Juge : Alberto López VillarrubiaOrdonnance 15/05/2024
Que en el procedimiento concursal 212/2019, se ha dictado en fecha 15/05/2024 auto declarando la conclusión del concurso de la ¿mercantil CONYESCA S.L., con CIF B35089531, por finalización de la liquidación
- Otro acto concursal19/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 212/2019Juge : ESTRELLA URUE MARTINOrdonnance 15/05/2024
SE APRUEBA PLAN DE LIQUIDACION Y SE ABRE LA SECCION 6º
- Otro acto concursal04/11/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 212/2019Juge : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAOrdonnance 03/11/2021
AUTO ARCHIVO CALIFICACIÓN
- Otro acto concursal30/05/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 212/2019Ordonnance 17/05/2019
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Hace saber: 1.- Que en el procedimiento concursal número 212/2019, se ha dictado en fecha 17 de mayo de 2019 auto declarando el concurso de la mercantil CONYESCA, S.L., con CIF B-35089531 de Las Palmas de G.C., que se tramitará por las normas del procedimiento abreviado, y en el que se ha acordado la suspensión/intervención de las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio. 2.- Que se ha designado como Administrador concursal a doña María Dolores Benítez González, quien ha señalado como domicilio postal el sito en avenida Alcalde Ramírez Bethencourt, 6 A de ésta ciudad 35003 y como dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. 3.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es Las Palmas de Gran Canaria, 27 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.