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Procédure collective
CORPORATE FINANCE SL
CIF B79482394Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 29/10/2020 → 03/02/2026
- Procédure
- 1877/2019 · 1877/2020
- Tribunal
- MERCANTIL DE MADRID Nº 002 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso03/02/2026⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 002Proc. 1877/2019Juge : ANDRÉS SÁNCHEZ MAGROOrdonnance 28/01/2026
Se declara concluso el procedimiento concursal 1877/2019 referente al deudor CORPORATE FINANCE S.L., con CIF B79482394 por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones
- Conclusión del concurso02/02/2026⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 002Proc. 1877/2019Juge : ANDRES SANCHEZ MAGROOrdonnance 28/01/2026
AUTO CONCLUSION
- Otro acto concursal07/05/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 1877/2019Juge : JOSE LUIS EMILIANO NAYAOrdonnance 17/02/2021
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 478 LC, le comunico que en el procedimiento anteriormente indicado se ha presentado por la administración concursal, escrito de rendición de cuentas
- Declaración de concurso07/05/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 1877/2019Juge : SARA GOMEZ RUBIN DE CELIXOrdonnance 17/02/2021
Deudor D. LEANDRO AUGUSTO DE LUCA PÉREZ declaro y acuerdo: a) El carácter voluntario del concurso. b) La apertura de la fase de liquidación. c) El deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- Otro acto concursal17/03/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 1877/2020Ordonnance 12/03/2021
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 35 del TRLC., anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 1877/2020, por auto de fecha 17/2/2021, se ha declarado en concurso Voluntario-Ordinario al deudor Corporate Finance, S.L., con CIF n.º B-79482394. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 255 del TRLC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: Abencys Reestructuraciones, S.L.P., con domicilio en c/ Velázquez, n.º 105-2.ª plta., 28001 Madrid, Tfno: 91 7374055. B).- También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 512 TRLC). 5.º Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es Madrid, 12 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Adela Moreno Blanco.
- Otro acto concursal29/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 1877/2019Juge : OLGA AHEDO PEÑAOrdonnance 17/02/2021
PLAN LIQ.APERTURA CALIFICACION
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.