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Procédure collective
COVIDE RIOJA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B26393892Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 11/05/2013 → 18/07/2016
- Procédure
- 289/2013
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso18/07/2016⚖️ LOGROÑOProc. 289/2013Ordonnance 13/07/2016
Edicto D.ª María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia nº 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 289/2013, N.I.G.: 26089 42 1 2013 0001805, por auto de fecha 13 de julio de 2016 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la mercantil Covide Rioja, S.L., con C.I.F. B-26393892, con domicilio social en Avenida de La Rioja 2-4, de Logroño (La Rioja). Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros. 2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada. 3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo. 4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Covide Rioja, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil. 5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal. Logroño, 13 de julio de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación13/03/2014⚖️ LOGROÑOProc. 289/2013Ordonnance 20/02/2014
Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 289/2013, N.I.G.: 26089 42 1 2013 0001805, referente a la entidad Covide Rioja, S.L. con C.I.F. B-26393892, con domicilio social en Avenida de La Rioja, 2-4 de Logroño (La Rioja), por auto de fecha 20 de febrero de 2014, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta del concurso. 2. La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio. 3. La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. En el plazo de diez días computados desde la notificación del auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme el art. 148 de la LC. 5. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Este edicto se publicará en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Logroño, 20 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso11/05/2013⚖️ LOGROÑOProc. 289/2013Ordonnance 16/04/2013
Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por la presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el sección I declaración de concurso 289/2013 y NIG n.º 26089 42 1 2013 0001805,se ha dictado en fecha 16 de abril de 2013 auto de declaración de concurso del deudor Covide Rioja, S.L., con domicilio social en Avenida de La Rioja, 2-4, de Logroño (La Rioja), y CIF B-26393892. 2º.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio,quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad.Se ha designado como administración concursal a la sociedad Iliquidis, S.L., habiendo aceptado el cargo de su condición de administrador solidario de la misma el titulado mercantil auditor don Eustasio Villanueva Riu, con domicilio profesional en Logroño, calle Bretón de los Herreros, n.º 20, 1.º, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Logroño, 19 de abril de 2013.- El/La Secretario/a judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.