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Procédure collective
CQ CONSULTING QUALITAT SL
CIF B60779725Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 14/05/2015 → 17/01/2024
- Procédure
- 182/2015
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE BARCELONA · Mercantil - 7 · Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal17/01/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE BARCELONAProc. 182/2015Juge : MARTA ARAGÓN ARRIOLAOrdonnance 20/12/2023
APROBACIÓN PLAN LIQUIDACIÓN
- Conclusión del concurso17/01/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE BARCELONAProc. 182/2015Juge : JOSE MARIA FERNANDEZ SEINOOrdonnance 20/12/2023
En el Concurso consecutivo 564/2021-Sección quinta: convenio y liquidación 564/2021 de Mejías Jariego, Francisco , se ha dictado un auto que aprueba el plan de liquidación propuesto
- Conclusión del concurso21/12/2023⚖️ Mercantil - 7Proc. 182/2015Juge : Raúl Nicolás Garcia OrejudoOrdonnance 20/12/2023
En el Concurso abreviado 182/2015 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de CQ CONSULTING QUALITAT SL, con NIF B60779725, con domicilio en Calle Solicrup, Nave 2-10, 08800 - Vilanova i la Geltrú.
- Otro acto concursal14/05/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaProc. 182/2015Ordonnance 17/04/2015
Edicto Don Rafael Huerta García, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 182/2015-C, en el que se ha dictado con fecha 13-04-2015 auto declarando en estado de concurso a la empresa CQ Consulting Qualitat, S.L., con CIF B-60779725 y domicilio en C/ Solicrup, 10, nave 2, de Vilanova i la Geltru, con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a Fernando Zamora Enciso quien en fecha 16-04-2015 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal C/ Torras i Pujalt, 28-30, A, 2.º, teléfono 636454404 y como dirección electrónica [email protected] Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal de la Administración concursal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 17 de abril de 2015.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.