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Procédure collective

CREACIONES LEYDA SL

CIF B85847713Voir la fiche société

Publications
411/02/201404/10/2021
Procédure
374/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal04/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 374/2013Juge : MARIA JOSE PEIRO ASPURZOrdonnance 23/06/2021

    SE DECLARA EL CONCURSO Y SE NOMBRA ADMINISTRADOR A FRANCISCO JAVIER PERIS MIR CON DOMICILIO EN C/JOAQUIN COSTA 48, 9ª VLCIA Y email [email protected], TELF 963942332. CON LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES PARA COMUNICAR CREDITOS EN UN MES.

  2. Conclusión del concurso04/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 374/2013Juge : MARIA JOSE PEIRO ASPURZOrdonnance 23/06/2021

    SE DECLARA LA CONCLUSION DEL CONCURSO, EL CESE DE LAS LIMITACIONES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DEL DEUDOR, LA CONCESION DEL BENEFICIO DE EXONERACION DEL PASIVO INSATISFECHO. Y SE APRUEBAN LAS CUENTAS DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL Y SU CESE.

  3. Conclusión del concurso24/09/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 374/2013Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 24/06/2021

    DECRETADO CONCLUSION Y ARCHIVO DE CONCURSO, CESAN LAS LIMITACIONES DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION

  4. Otro acto concursal11/02/2014
    ⚖️ MADRIDProc. 374/2013Ordonnance 16/12/2013

    Edicto. D.ª Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º-Que en el Concurso voluntario Ordinario número 374/2013, por auto de 16 de Diciembre de 2013 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil CREACIONES LEYDA, S.L., CIF: B-85847713, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Leganés (Madrid). 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal, D. José Félix Ruiz-Cámara Bayo, con domicilio en la Calle Velázquez, n.º 92, 5.º dcha. de Madrid, CP: 28006, o comunicarse por correo electrónico: [email protected] 4.º-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 28 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.