Accueil›Justice›CREATIVA 360 SL

Procédure collective

CREATIVA 360 SL

CIF B86581881Voir la fiche société →

Publications
10 — 27/11/2020 → 23/11/2022
Procédure
1434/2020
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID · MERCANTIL - 7 · Juzgado de lo Mercantil 7 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 14/10/2022

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal23/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 14/10/2022

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso23/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 14/10/2022

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso17/10/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 14/10/2022

    Declara concluso el concurso por finalización de la fase de liquidación de CREATIVA 360, S.L. con CIF B86581881

  5. Conclusión del concurso06/09/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 01/09/2022

    Traslado informe final liquidación y rendición cuentas. Concede plazo de 15 días para oponerse a la conclusión del concurso

  6. Otro acto concursal16/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 08/06/2021

    AUTO DE APROBACION DEL PLAN DE LIQUIDACIÓN Y APERTURA DE SECCIÓN SEXTA

  7. Apertura de liquidación17/03/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 16/03/2021

    AUTO APERTURA DE FASE DE LIQUIDACIÓN

  8. Otro acto concursal25/01/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 18/01/2021

    PRESENTACIÓN INFORME ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  9. Otro acto concursal02/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 7 de MadridProc. 1434/2020Ordonnance 19/11/2020

    Edicto D. José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 7 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso abreviado 1434/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0171924, por auto de fecha 13/11/2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Creativa 360, S.L., con C.I.F. B86581881 y domiciliado en Paseo de la Castellana, 72, segunda planta, 28046 Madrid. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración Concursal 3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 255 y siguientes del T.R.L.C por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente: Pilar López Barrau Despacho profesional: Calle Bárbara de Braganza, 11, 3 izq., 28004 Madrid. Teléfono: 91 391 33 99 Email: [email protected] 4.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es. Madrid, 19 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Vela Pérez.

  10. Declaración de concurso27/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 1434/2020Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 13/11/2020

    AUTO DECLARACIÓN CONCURSO

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.