Accueil›Justice›CRIADORES DE IBERICO SL EN LIQUIDACION
Procédure collective
CRIADORES DE IBERICO SL EN LIQUIDACION
CIF B37449824Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 22/02/2014 → 25/09/2017
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación25/09/2017⚖️ SALAMANCAOrdonnance 12/09/2017
Edicto El Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y Mercantil de Salamanca, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 546/13 referente al deudor Criadores de Ibéricos S.L., con C.I.F. número B-37449824, mediante Auto firme de fecha 12 de septiembre de 2017 se ha acordado: 1.-La conclusión del concurso de acreedores del deudor Criadores de Ibéricos S.L. por finalización de la fase de liquidación. 2.-El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes hasta el momento. 3.-Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica Criadores de Ibéricos S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. 4.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la Administración concursal. Salamanca, 12 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso22/02/2014⚖️ SALAMANCAOrdonnance 11/02/2014
Edicto Don Javier Iglesias Martín, Secretario Judicial de Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 de Salamanca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección 1.ª Declaración del Concurso 0000546/2013 y NIG n.º 37274 42 1 2013 0009594, se ha dictado en fecha Auto de Declaración de Concurso del deudor CRIADORES DE IBERICO,S.L., con CIF n.º B-37449824, cuyo centro de intereses principales lo tiene en avenida Filiberto Villalobos, n.º 141, de Guijuelo (Salamanca). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. Se ha designado, como administración concursal a MIGUEL ANGEL IGLESIAS DE SENA, con domicilio postal en C/ Toro, n.º 43-45, 1.º Izqda. de Salamanca y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursac designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de 1 MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Salamanca, 11 de febrero de 2014.- Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.