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Procédure collective

CROMOSOMA SA

CIF A58774498Voir la fiche société

Publications
214/01/201317/05/2023
Procédure
853/2012
Tribunal
MERCANTIL - 7 · Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso17/05/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 853/2012Juge : RAUL NICOLAS GARCIA OREJUDOOrdonnance 15/05/2023

    EDICTO Rafael Huerta Garcia , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Barcelona hago saber que: En el Concurso ordinario 853/2012 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de CROMOSOMA,

  2. Otro acto concursal14/01/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaOrdonnance 19/12/2012

    Don Ignacio Asensio-Wandosell García-Cabañas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso 853/12 en el que se ha dictado con fecha 7/12/12 Auto declarando en estado de concurso voluntario y ordinario a la empresa Cromosoma, S.A., con CIF A58774498 y domicilio en C. Perú, 174-176, Barcelona, con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a don Antonio Batlle Moreno, Economista quién en fecha 18/12/12 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal la de Avda. Diagonal, 416, pral., 08037 Barcelona y dirección electrónica [email protected]. Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: el derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 19 de diciembre de 2012.- El secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.