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Procédure collective

DAIMAN EL MORAL, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B13308689Voir la fiche société

Publications
223/06/201225/10/2013
Procédure
494/2011

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso25/10/2013
    ⚖️ CIUDAD REALOrdonnance 25/09/2013

    D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber: 1.- Que en la sección I de declaración de Concurso Ordinario Voluntario número 0000494/2011-A seguidos en este Juzgado, referente al deudor "Daiman El Moral, S.L.L.", con CIF número B-13308689, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Ciudad Real, 25 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso23/06/2012
    ⚖️ CIUDAD REALProc. 494/2011Ordonnance 18/06/2012

    Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 494/2011 y NIG n.º 13034 41 1 2001/0005942 se ha dictado en fecha 18 de junio de 2012 auto de declaración de Concurso Voluntario Ordinario del deudor Daiman el Moral, S.L.L, con CIF B-13308689 y domicilio social en calle Lope de Vega, n.º 40, de Moral de Calatrava (Ciudad Real). 2.º Se ha acordado respecto de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la concursada que estas sean intervenidas por la administración concursal que se ha nombrado y sometidas a su autorización y conformidad. Se ha designado, como administración concursal al Sr. Claudio Alberto Swiec Tenenbaum, de la lista de censores ejercientes y firmas de auditorias para actuaciones concursales n.º ROAC 12.475, con domicilio en Ronda de Granada, 3, de Ciudad Real, y correo electrónico [email protected],para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC). 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 18 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.