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Procédure collective
DAIMTEC COMPONENTES SL
CIF B73424798Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 20/05/2013 → 07/05/2015
- Procédure
- 44/2013 · 2013/0000
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia · Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Murcia
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal07/05/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 44/2013Ordonnance 21/04/2015
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Anuncia 1. Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 44/2013 de Daimtec Componentes, S.L., con CIF B-73424798 se ha dictado el 21 de abril de 2015 Auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2. El Auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y par que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 23 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso20/05/2013⚖️ Jdo. de lo Mercantil n. 1 de MurciaProc. 2013/0000Ordonnance 25/04/2013
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000044/2013 y NIG n.º 30030 47 1 2013/0000085 se ha dictado en fecha 17/04/2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Daimtec Componentes, S.L., con CIF B-73424798, y domicilio social en C/ Artes y Oficios, nave A 5, Polígono Industrial Oeste, 30820 Alcantarilla (Murcia). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal nombrada, las que serán sometidas a su autorización y conformidad. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal [email protected]. 6.º Que ha sido nombrado Administrador Concursal ACD Atlantis Auditores, S.L.P. con CIF B-73646101, con domicilio profesional en C/ Central, n.º 13, 3.º D, 30100 Murcia, teléfono 968964928, fax 968964927 y dirección electrónica [email protected] el que ha aceptado el cargo en fecha 24/04/2013. Murcia, 25 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.