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Procédure collective
DANALU GESTIONES SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B23779440Voir la fiche société →
- Publications
- 13 — 21/10/2020 → 10/04/2025
- Procédure
- 7/2021
- Tribunal
- Mercantil - 1 · JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN · PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso10/04/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 7/2021Juge : EVA ALBA PULIDOOrdonnance 09/04/2025
CONCLUSIÓN DEL CONCURSO. SE APRUEBAN LAS CUENTAS PRESENTADAS POR LA A.C. SE ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD DANALU GESTIONES
- Otro acto concursal12/04/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 7/2021Juge : EVA ALBA PULIDOOrdonnance 04/04/2024
Se tiene por presentado por la Administración Concursal informe con el contenido previsto en el art. 474.1 del TRLC, así como rendición de cuentas y boletín estadístico de rendición de cuentas.
- Otro acto concursal29/03/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 7/2021Juge : EVA ALBA PULIDOOrdonnance 09/03/2023
Se decreta el archivo de la sección sexta de calificación referente al deudor DANALU GESTIONES, S.L.
- Otro acto concursal26/09/2022⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 7/2021Juge : ILDEFONSO MARIA MUÑOZ PEREA PIÑAROrdonnance 12/08/2022
AUTO POR EL QUE SE APRUEBA LA CALIFICACION DEL CONSURSO DE D. BENILDE PALOMAR MIGUEL COMO FORTUITO
- Otro acto concursal26/09/2022⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 7/2021Juge : ILDEFONSO MARIA MUÑOZ PEREA PIÑAROrdonnance 12/08/2022
AUTO POR EL QUE SE APRUEBA LA CALIFICACION DEL CONSURSO DE D. BENILDE PALOMAR MIGUEL COMO FORTUITO
- Apertura de liquidación07/07/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 7/2021Juge : MARIA JOSE HERNANDEZ CABALLEROOrdonnance 05/07/2021
FINALIZADA LA FASE COMÚN. APERTURA DE LA FASE DE LIQUIDACIÓN. SE DECLARA DISUELTA LA SOCIEDAD CONCURSADA.
- Otro acto concursal09/06/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 7/2021Juge : SACRAMENTO COBOS GRANDEOrdonnance 07/06/2021
Presentación del informe provisional por la Administración Concursal. Plazo de diez días para impugnar el inventario de bienes y la lista de acreedores. Ver edicto e informe en archivos anexos.
- Otro acto concursal23/04/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 7/2021Juge : Rosa Maria Cabo SanzOrdonnance 17/03/2021
AUTO DECLARACION
- Otro acto concursal23/04/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 7/2021Juge : Rafael Huerta GarciaOrdonnance 17/03/2021
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 1413/2020 en el que se ha dictado con fecha 5 de octubre de 2020 auto declarando en estado de concurso a Deborah Sanira Sandoval con documento nacional de identidad X5293378C con sus facultad
- Otro acto concursal23/04/2021⚖️ JAÉNProc. 7/2021Ordonnance 14/04/2021
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 7/2021, con NIG 2305042120200011872 por auto de diecisiete de marzo de dos mil veintiuno se ha declarado en concurso de acreedores voluntario de carácter abreviado al deudor Danalu Gestiones, S.L., con CIF B23779440, con domicilio social en Polígono Industrial Los Jarales, Nave 6 de Linares (Jaén), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la referida localidad. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los art. 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido: Asensio y Asociados Auditores Consultores, S.L.P., y en representación de ésta, como persona natural, ha aceptado el cargo Dña. Carmen Asensio Navarro (economista). Domicilio: C/ Cantabria, nº 5, B-6, 1º G, de Jaén. Dirección electrónica: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y Sede Judicial Electrónica de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía. 4º- Que los acreedores y los demás legitimados para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, conforme al artículo 512 del Texto Refundido de la Ley Concursal. 5º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Jaén, 14 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanca Buendía.
- Declaración de concurso14/04/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 7/2021Juge : ANTONIO CARLOS MARTINEZ-UCEDA CALATRAVAOrdonnance 17/03/2021
Declaración de concurso voluntario de carácter abreviado de la entidad DANALU GESTIONES S.L. con CIF Nº B23779440.
- Apertura de liquidación16/12/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 7/2021Juge : NO CONSTA NO CONSTAOrdonnance 05/07/2021
VER DOCUMENTACION ADJUNTA
- Declaración de concurso21/10/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 7/2021Juge : Laura Martínez MartínezOrdonnance 17/03/2021
En el Concurso abreviado 342/2020-Sección quinta: convenio y liquidación 342/2020 de MARJO PELLS 2030 SL, se ha dictado un auto que aprueba el plan de liquidación propuesto por la administración concursal
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.