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Procédure collective

DARABENAZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CIF B18563866Voir la fiche société

Publications
228/10/201706/04/2018
Procédure
496/2017
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso06/04/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de GranadaOrdonnance 27/03/2018

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. Anuncia: Que en el concurso voluntario n.º 496/17, seguido a instancia de DARABENAZ S.L., con. CIF B18563866, por auto de fecha 27 de marzo de 2018, se ha acordado: Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona jurídica DARABENAZ S.L., con CIF B-18563866, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Se acuerda la extinción de DARABENAZ S.L., con CIF B-18563866. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de DARABENAZ S.L., con CIF B-18563866. Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días, desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro Mercantil, aporte al juzgado su acreditación de administrador, cesando en ese momento en sus funciones. Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC). Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. ª María José Fernández Alcalá, Magistrada-Juez, adscrita al Juzgado de lo Mercantil n.º 1, de Granada. Granada, 3 de abril de 2018.- La letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso28/10/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de GranadaProc. 496/2017Ordonnance 17/10/2017

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 496/2017, con NIG 1808742M20170000560 por auto de 17 de Octubre de 2017 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor DARABENAZ, S.L., con C.I.F. B18563866 con domicilio en carretera de la Zubia s/n, Cortijo La Marquesa de Granada y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/D.ª Ramón Guirado Sánchez, con domicilio postal c/ Plaza de los Campos, n.º 4, 3.º B, c.p.18009 de Granada y dirección electrónica: [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que el Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp. Granada, 24 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.