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Procédure collective
DE BERNA MOTOR EXCLUSIVE SL
CIF B72289911Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 15/04/2019 → 01/12/2020
- Procédure
- 1095/2018
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal01/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 1095/2018Ordonnance 08/01/2019
Resolución sobre las facultades de administración
- Declaración de concurso01/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 1095/2018Ordonnance 08/01/2019
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal25/06/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 1095/2018Juge : Francisco Modesto Gil MonzoOrdonnance 22/01/2019
Se acuerda conclusión del concurso
- Otro acto concursal15/04/2019⚖️ CÁDIZProc. 1095/2018Ordonnance 08/01/2019
Edicto Covadonga Herrero Udaondo, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 LC, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1095/2018, con NIG 1101242120180012638 por auto de 8 de enero de 2019, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor DE BERNA MOTOR EXCLUSIVE, S.L.U., con CIF B72289911, cuyo centro de principales intereses lo tiene en calle Ramón de Pravia número 1, CP 11405. Paterna de Rivera (Cádiz). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido Antonio de la Campa Cervera, con domicilio postal en calle Velázquez número 51, 4.º Derecha, CP 28001 Madrid y dirección electrónica: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cadiz, 9 de abril de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Covadonga Herrero Udaondo.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.