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Procédure collective

DECADAS SIGLO XX SL

CIF B91168468Voir la fiche société

Publications
228/01/201011/07/2017
Procédure
556/2009
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Sevilla

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal11/07/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de SevillaOrdonnance 27/06/2017

    El Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) Anuncia: Que en el procedimiento número 556/09-2, referente al deudor Décadas Siglo XX, S.L., con C.I.F.: B-91168468, y domicilio en Polígono Pisa, calle Brújula, n.º 1, Mairena del Aljarafe, por auto de fecha veintidós de junio de dos mil diecisiete se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Décadas Siglo XX, S.L. llevado en este mismo Juzgado con el n.º 556/09. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad Décadas Siglo XX, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 27 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal28/01/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 556/2009Ordonnance 21/12/2009

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia: 1.º Que en el procedimiento numero 556/2009-6, por auto de 18/12/09se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Decadas Siglo XX, S.L., con CIF B91168468 y domicilio en C/ Brújula, 1, Polígono Pisa, Mairena del Aljarafe (Sevilla). y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la localidad citada anteriormente. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 21 de diciembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.