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Procédure collective

DECORACIONES GRELA SL

CIF B15408594Voir la fiche société

Publications
522/06/201322/09/2020
Procédure
154/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso22/09/2020
    ⚖️ A CORUÑAProc. 154/2013Ordonnance 13/07/2020

    Edicto Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 154/2013-C de concurso arriba referenciado relativos al deudor Decoraciones Grela, S.L. con CIF B-15408594 se ha dictado en fecha 01.07.2020 el Auto de conclusión en el que acordó: Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de la entidad Decoraciones Grela, S.L., con CIF B-15408594, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña al Tomo 1188, Folio 159, hoja C-7077, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos: 1. Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 2. Procederá la extinción de la entidad Decoraciones Grela, S.L. y e cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro mercantil de A Coruña. Procede Librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se publicará en el BOE. Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno. Así lo acuerda manda y firma el Nuria Fachal Noguer, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña. A Coruña, 13 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

  2. Otro acto concursal22/04/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 154/2013Juge : JUAN ENRIQUE TEVAR FERNANDEZOrdonnance 01/07/2020

    Se acuerda abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

  3. Otro acto concursal22/04/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 154/2013Juge : JUAN ENRIQUE TEVAR FERNANDEZOrdonnance 01/07/2020

    Que en la sección I DECLARACIÓN CONCURSO 345/2017 referente al deudor ESRIBANO Y ESCRIBANO SL se ha presentado el informe de la administración concursal junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

  4. Conclusión del concurso22/04/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 154/2013Juge : JUAN ENRIQUE TEVAR FERNANDEZOrdonnance 01/07/2020

    SE DECLARA EN CONCURSO

  5. Declaración de concurso22/06/2013
    ⚖️ A CORUÑAOrdonnance 02/05/2013

    Edicto Don Domingo Villafañez García, Secretario judicial de Juzgado do Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000154/2013 y NIG n.º 15030 47 1 2012 0000495, se ha dictado en fecha 30 abril de 2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario-Abreviado del deudor Decoraciones Grela, S.L., domiciliada en Cerceda, A Coruña, Lugar de Lavandeiras, s/n, CIF B 15408594. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora. Se ha designado, como administración concursal al letrado José Luis Martínez-Olivares Gómez, con domicilio postal en c/ Doctor Teijeiro, 13, 2.º, y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. A Coruña, 2 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.