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Procédure collective

DELTAPINS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B43816537Voir la fiche société

Publications
406/01/201012/05/2012
Procédure
732/2009

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso12/05/2012
    ⚖️ TARRAGONAProc. 732/2009Ordonnance 27/04/2012

    Edicto El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso voluntario de la mercantil Deltapins, S.L., CIF b43816537, seguidos en este Juzgado con el n.º 732/2009, se ha dictado en fecha 27 de abril de 2012 auto de conclusión de concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de Deltapins, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 732/2009 a instancias de Deltapins, S.L., y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se declara la extinción de la mercantil Deltapins, S.L., CIF n.º b43816537, y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos a los Registros de la Propiedad de Deltebre donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día y al Registro Mercantil de Tarragona para cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de los administradores concursales así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrense para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán entregados al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos. Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona. Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente Tarragona, 27 de abril de 2012.- Secretario judicial.

  2. Declaración de concurso25/05/2010
    ⚖️ TARRAGONAProc. 732/2009Ordonnance 26/05/2010

    Edicto. Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona. El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 732/2009-2 de concurso de la mercantil "Deltapins, S.L." (CIF B43816537), se ha dictado en fecha 11-5-10 auto de apertura de la fase de liquidación, habiéndose dictado la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Parte dispositiva Se decreta la apertura de la fase de liquidación del presente expediente de Concurso voluntario n.º 732/2009-2, seguido en este juzgado a instancias de "Deltapins, S.L.". Se deja sin efecto la convocatoria de la Junta de acreedores señalada para el día 26 de mayo de 2010 a las 12 horas. Se declara la disolución de la referida entidad, el cese de los administradores que serán sustituidos por la administración concursal y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley. Se decreta el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Requiérase a la administración concursal a fin de que presente ante este Juzgado, en el plazo de ocho días siguientes a la notificación de la presente resolución, el plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso. Se acuerda la formación de la sección sexta de calificación, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, asi como de la solicitud de concurso y del auto de declaración de concurso. Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Hágase público, el presente auto de apertura de la fase de liquidación por medio de edictos que se publicarán en el BOE y se fijarán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, en la forma y con los requisitos establecidos en la Ley Concursal, apercibiendo a los interesados que disponen de un plazo de diez días desde la última publicación para personarse en la sección sexta y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona, para la anotación, en la Inscripción correspondiente al concursado, de la declaración de liquidación, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo, librándose para ello el correspondiente oficio y mandamiento, que serán entregados al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de los asientos registrales previstos. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación. Así lo acuerda, manda y firma doña Ainhoa Sagardia Peñagaricano, Juez sustituta del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe". Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 11 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.

  3. Convenio de acreedores13/04/2010
    ⚖️ TARRAGONAProc. 732/2009Ordonnance 26/05/2010

    Edicto. Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona, El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 732/2009 de concurso de la mercantil "Deltapins, S.L." (CIF B43816537), se ha dictado en fecha 29-3-2010 Auto de finalización de la fase común del concurso y apertura de la de convenio de la mercantil concursada, habiéndose dictado la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue: "Parte dispositiva: Se declara la finalización de la fase común del concurso y la apertura de la fase de convenio, pudiendo presentar propuestas de convenio desde la convocatoria de la junta hasta 20 días antes de la fecha señalada para su celebración, por el concursado y por los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante (art. 113.2 de la Ley Concursal). Fórmese la Sección Quinta que comprenderá todo lo relativo al convenio, su proposición, discusión aceptación, aprobación, impugnación y cumplimiento. Se convoca Junta de acreedores para el próximo día 26 de mayo de 2010, a las 12 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Mercantil, sito en Avda. Roma, 19. Publíquese el correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, librándose para ello el oportuno oficio, así como mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona para la inscripción del presente auto en la hoja abierta a la concursada en ese Registro, entregándose los despachos acordados a la Procuradora del solicitante del concurso a fin de que proceda a su diligenciamiento. Se modifica la retribución del administrador concursal para la fase común, a tenor de lo dispuesto en el art. 4.4 del Real Decreto 1860/04, la cual fue inicialmente establecida por Auto de fecha 1-2-2010, fijándose en la cantidad de 15.741,65 euros, tras la oportuna revisión del activo y pasivo del concurso. Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas la partes personadas en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación ante este juzgado, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Tarragona y que tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 197.3 de la Ley Concursal. Así lo acuerda, manda y firma D.ª María Arantzazu Ortiz González, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe". Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Tarragona, 29 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.

  4. Declaración de concurso06/01/2010
    ⚖️ TARRAGONAProc. 732/2009Ordonnance 17/12/2003

    Edicto. El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil ) de Tarragona, por el presente Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 732/2009 se ha dictado en fecha 17-12-09 Auto de declaración de concurso voluntario de Deltapins, SL, con CIF B43816537 y domicilio social en C. Cambrils nº 22, 3º-3.ª Salou, representada por la procuradora doña María Jesús Muñoz Pérez y defendida por el Letrado D. Joan-Andreu Reverter Garriga, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación del administrador concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Manuel Matesanz Sánchez la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 17 de diciembre de 2003.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.