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Procédure collective
DENALI HOSTELERA SL
CIF B50830702Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 26/05/2011 → 01/10/2016
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso01/10/2016⚖️ ZARAGOZAOrdonnance 20/09/2016
Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, hago saber: Primero.- Que en el procedimiento concursal número 526/08-C se ha dictado el Auto de conclusión por finalización de la liquidación del deudor "Denali Hostelera, S.L.", CIF B-50830702. Segundo.- En dicho Auto se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero.- Contra el Auto de conclusión no cabe recurso. Zaragoza, 20 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal03/08/2011⚖️ ZARAGOZAOrdonnance 14/07/2011
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia: Primero.- Que el procedimiento concursal Concurso Ordinario 526/08-C referente al concursado Denali Hostelería, Sociedad Limitada, con CIF: B-50830702, se ha presentado actualización del inventario y de la lista de acreedores conforme al artículo 180 de la Ley Concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Zaragoza, 14 de julio de 2011.- El/La Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación26/05/2011⚖️ ZARAGOZAOrdonnance 06/05/2011
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia: Que en el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 526/08-C referente al concursado Denali Hostelería, Sociedad Limitada, con CIF: B-50830702, por auto de fecha 6 de Mayo de 2011 ha acordado lo siguiente: Primero.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 14 de Julio de 2009, a solicitud del concursado por no haberse podido cumplir el convenio aprobado -artículo 142.3 de la Ley Concursal. Segundo.- Abrir de oficio la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la Ley Concursal. Tercero.- Acordar la continuación de la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Cuarto.- Reposición en el cargo de la Administración Concursal. Quinto.- La administración concursal deberá presentar en el plazo de dos meses la actualización del inventario y la lista de acreedores. Los acreedores deberán comunicar a la administración concursal sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la última publicación acordada en el Auto de apertura de la liquidación. Zaragoza, 6 de mayo de 2011.- El/la Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.