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Procédure collective
DENTAMAR VIC SL
CIF B63824635Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 03/11/2016 → 09/05/2022
- Procédure
- 706/2016
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONA · MERCANTIL - 10
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal09/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONAProc. 706/2016Juge : MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHOOrdonnance 09/11/2021
informe ac 10 días desde el día siguiente a la publicación en el rpc
- Conclusión del concurso09/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONAProc. 706/2016Juge : RAFAEL FLUITERS CASADOOrdonnance 09/11/2021
Conclusión del concurso por insuficiencia masa activa y concesión al deudor de manera definitiva el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
- Conclusión del concurso19/11/2021⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 706/2016Juge : M. JOSE HOMPANERA GONZALEZOrdonnance 09/11/2021
EDICTO PARA SU PUBLICACION CON LA MAYOR URENCIA EN WWW.PUBLICIDADCONCURSAL.ES
- Declaración de concurso03/11/2016⚖️ BARCELONAProc. 706/2016Ordonnance 03/10/2016
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso María José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111 edificio C planta 13 de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 706/2016-B. Tipo de concurso.- Concurso Voluntario Abreviado. Entidad instante del concurso y CIF.- Dentamar Vic, S.L. CIF B63824635. Fecha del auto de declaración.- 3 de octubre de 2016. Administradores concursales.- Insolnet Soluciones Concursales, S.L.P., con domicilio Via Augusta, 29, 5.º 08006 Barcelona (Barcelona) y teléfono n.º 932720109 y en calidad de sociedad profesional y dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Régimen de facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende.También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 7 de octubre de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.