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Procédure collective
DESARROLLOS MAFER SL EN LIQUIDACION
CIF B21407234Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 26/12/2012 → 04/03/2024
- Procédure
- 460/2023 · 80/2011
- Tribunal
- Primera instancia/Mercantil - 4
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal04/03/2024⚖️ Primera instancia/Mercantil - 4Proc. 460/2023Juge : JOSEFINA OÑA MARTINOrdonnance 15/02/2024
POR PROVIDENCIA QUE SE ADJUNTA SE HA ACORDADO LA PUBLICACION DE LA OFERTA EN EL RPC
- Otro acto concursal22/02/2024⚖️ Primera instancia/Mercantil - 4Proc. 460/2023Juge : JOSEFINA OÑA MARTINOrdonnance 15/02/2024
POR DILIGENCIA DE ORDENACION QUE SE ACOMPAÑA SE HA ACORDADO PUBLICACION DE OFERTA EN EL RPC
- Declaración de concurso26/12/2012⚖️ HUELVAProc. 80/2011Ordonnance 15/11/2012
El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 80/2011, referente al concursado Desarrollos Mafer, S.L. con CIF B-21407234 y domicilio en Avda. Méjico n,º 81 - Huelva, por auto de fecha 15/11/2012 se ha acordado lo siguiente: 1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Desarrollos Mafer, S.L. 2.- Se abre la fase de liquidación que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la sección quinta. 3.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de Administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.- Se declara disuelta la entidad Desarrollos Mafer S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal D. Jorge Enrique Vilar Bravo. 5.- Anunciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado". Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad. 6.- En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 7.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Huelva, 15 de noviembre de 2012.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.