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Procédure collective
DESARROLLOS URBANISTICOS EXTREMEÑOS S.L
CIF B06461990Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 20/02/2018 → 15/05/2021
- Procédure
- 480/2017
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso15/05/2021⚖️ BADAJOZProc. 480/2017Ordonnance 07/05/2021
D.ª Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 480/2017 seguido en este órgano judicial, a instancia del Procurador D. José Antonio Venegas Carrasco, de la mercantil Desarrollos Urbanísticos Extremeños, S.L., con C.I.F.: B-06461990, se ha dictado Auto de fecha 7 de mayo de 2021, cuyo fallo es del contenido literal siguiente: 1.- Declarar la conclusión del concurso abreviado voluntario, instado por el procurador D. José Antonio Venegas Carrasco, de la mercantil Desarrollos Urbanísticos Extremeños, S.L., con C.I.F.: B-06461990, al haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada. 2.-. Archivar definitivamente las actuaciones. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda. 3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de Administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. 4.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose testimonio de la presente resolución. 5.- Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos del art. 35 Y 36 TRLC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. A tal efecto, líbrense los oportunos edictos y mandamientos, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita. 6.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por ZURBAC ADMINISTRADORES CONCURSALES, declarando su cese. Badajoz, 7 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.
- Declaración de concurso20/02/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BadajozProc. 480/2017Ordonnance 14/02/2018
D.ª Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 480/2017, se ha dictado en fecha 6 febrero 2018 Auto de Declaración de Concurso voluntario Abreviado del deudor Desarrollos Urbanísticos Extremeños, S.L., con CIF n.º B06461990, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plaza Antonio Zoido Díaz, n.º 5, de Badajoz. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designado, como administración concursal a la mercantil Zurbac Administradores Concursales, S.L.P., B87448379, con domicilio postal en Calle López de Hoyos 127, portal 1 bajo A de Madrid y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin. La administración concursal ha aceptado el cargo en fecha 14 febrero 2018. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Badajoz, 14 de febrero de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.