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Procédure collective
DISTRIBUCIONES RECA SL EN LIQUIDACION
CIF B28821940Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 11/09/2013 → 21/04/2016
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso21/04/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridOrdonnance 12/04/2016
Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 127/13 por Auto de 12 de abril de 2016 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor DISTRIBUCIONES RECA, S.L., con CIF B28821940. 2.º Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.º Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador concursal Madrid, 12 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal11/09/2013⚖️ MADRIDOrdonnance 02/09/2013
Edicto. Don Miguel Ángel Acevedo González, Secretario del Juzgado Mercantil número 8 de Madrid, Anuncia 1.- Que en el procedimiento concursal número 127/13 referente al deudor Distribuciones Reca, S.L., con CIF n.º B-28821940 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 2 de septiembre de 2013.- Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.