Accueil›Justice›DISTRIBUIDORA DOBRA SA
Procédure collective
DISTRIBUIDORA DOBRA SA
CIF A78591401Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 06/04/2010 → 14/03/2013
- Procédure
- 1160/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal14/03/2013⚖️ MADRIDProc. 1160/2009Ordonnance 22/02/2013
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.Co), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1160/2009 referente al concursado Distribuidora Dobra, S.A., con CIF A-78591401, por auto de fecha 22 de febrero de 2013 se ha acordado lo siguiente: 1. Aprobar el plan de liquidación propuesto por la administración concursal. 2. Formación de la sección 6.ª, poniendo en conocimiento de los interesados que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la última publicación podrán personarse en la sección sexta. Madrid, 22 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación10/07/2012⚖️ MADRIDProc. 1160/2009Ordonnance 18/06/2012
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal 1160/2009 referente a la concursada Distribuidora Dobra, S.A. CIF A-78591401, por auto de fecha 18 de junio de 2012, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Se declara la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil concursada Distribuidora Dobra, S.A., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras percepciones. Madrid, 18 de junio de 2012.- La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal15/11/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 1160/2009Ordonnance 26/10/2010
Edicto D.ª María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia 1. Que en el procedimiento concursal voluntario número 1160/2009 referente a la deudora Distribuidora Dobra, S.A., cif A-78591401 se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado. 2. Dentro del plazo de Diez días, computado desde la última publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, en el Tablón de anuncios del juzgado y en el Registro Público Concursal, en su caso, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales. Madrid, 26 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal06/04/2010⚖️ MADRIDOrdonnance 26/03/2010
Edicto Doña María Jesus Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento voluntario número 1160 /2010, por auto de 26 de marzo de 2010, se ha declarado en concurso al deudor Distribuidora Dobra, S.A. (CIF A78591401), con domicilio en calle Doctor Esquerdo, n.º 105, Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administrador y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público concursal, en su caso. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 26 de marzo de 2010.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.