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Procédure collective

DISTRIBUYE PALMERA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B35327006Voir la fiche société

Publications
829/08/201718/03/2022
Procédure
235/2017 · 22/2003
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal18/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 235/2017Ordonnance 28/04/2021

    Cese de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal18/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 235/2017Ordonnance 28/04/2021

    Auto de formación de la sección de calificación

  3. Convenio de acreedores18/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 235/2017Juge : BEATRIZ RUIZ MATILLAOrdonnance 28/04/2021

    SE DECLARA A PATRICIA JUVENTENY CHICON EN CONCURSO DE ACREEDORES CONSECUTIVO QUE SERÁ TRAMITADO POR EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO

  4. Convenio de acreedores27/05/2021
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAOrdonnance 24/05/2021

    Edicto D. Román García Varela Iglesias, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, hace saber: 1.- Que en el procedimiento concursal número 0000235/2017, NIG 3501647120170000501 en el que figura como concursado Distribuye Palmera, S.L.. con CIF B-35327006, se ha dictado el día 28.04.21 sentencia aprobando judicialmente el convenio cuyo resultado alcanzando la mayoría legalmente exigida se proclamó mediante decreto de fecha 15.02.21. 2.- El convenio está de manifiesto en la oficina judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento. Las Palmas de Gran Canaria, 24 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Román García Varela Iglesias.

  5. Convenio de acreedores07/05/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 235/2017Juge : JULIO LUIS WOOD RODRIGUEZOrdonnance 28/04/2021

    SENTENCIA APROBATORIA CONVENIO CONCURSADA DISTRIBUYE PALMERA SL

  6. Convenio de acreedores29/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 235/2017Juge : BERTA PELLICER ORTIZOrdonnance 02/07/2020

    AUTO CONCLUSION CONCURSO

  7. Convenio de acreedores22/07/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 235/2017Juge : GUILLERMO FERNANDEZ GARCÍAOrdonnance 02/07/2020

    Auto que pone fin fase común y acuerda apertura fase convenio

  8. Declaración de concurso29/08/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Ordonnance 19/07/2017

    Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se HACE SABER: Que en el procedimiento concursal 0000235/2017, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. MARÍA DEL CARMEN BENÍTEZ LÓPEZ, en nombre y representación de DISTRIBUYE PALMERA, S.L., se ha dictado Auto el día 19 de julio de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de DISTRIBUYE PALMERA, S.L. con CIF n.º B35327006, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de VOLUNTARIO. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. María del Mar Mejías Jiménez, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Padre José de Sosa, n.º 26-2.º B - Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35001, FAX 928 32.12.03, así como Dirección electrónica: [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 25 de agosto de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.