AccueilJusticeDIURSA GESTION SL

Procédure collective

DIURSA GESTION SL

CIF B82208513Voir la fiche société

Publications
226/02/201409/03/2021
Procédure
481/2013

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal09/03/2021
    ⚖️ MADRIDProc. 481/2013Ordonnance 04/03/2021

    Edicto. Doña Adela Moreno Blanco, Letrada del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso ordinario 481/2013, por auto de fecha 23/2/2021, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3 de la mercantil DIURSA GESTIÓN, S.L.U., con CIF B82208513. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3 (Art. 485 TRLC), declarar su extinción. Madrid, 4 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Adela Moreno Blanco.

  2. Otro acto concursal26/02/2014
    ⚖️ MADRIDProc. 481/2013Ordonnance 16/12/2013

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso voluntario Ordinario número 481/2013, por auto de 16 de diciembre de 2013 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil DIURSA GESTIÓN, S.L.U., CIF B-82208513, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administradora Concursal doña Begoña Díaz Cano, con domicilio en la calle Rodríguez San Pedro, n.º 66, 4.º izquierda, de Madrid, CP 28015, o comunicarse por correo electrónico: [email protected]. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 5 de febrero de 2014.- La Secretaria judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.