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Procédure collective
Donde dice: Guarko, S.A
CIF A28869361Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 03/08/2013 → 28/09/2013
- Procédure
- 597/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso28/09/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 6 de MadridOrdonnance 03/08/2013
D.ª María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, anuncia, Advertido error material en la publicación del Edicto de declaración y conclusión del concurso de la deudora Guarko, S.A., en el BOE de fecha 3 de agosto de 2013, número 185, página 40352, en cuanto al número de CIF de la concursada, es procedente su corrección, en el sentido de: Donde dice: Guarko, S.A., con CIF: A28869361. Debe decir: Guarko, S.A., con CIF: A28859361. Lo que comunica para general conocimiento. Madrid, 10 de septiembre de 2013.- El/La Secretario.
- Declaración de concurso03/08/2013⚖️ MADRIDProc. 597/2013Ordonnance 12/07/2013
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 597/2013, por Auto de fecha 12 de julio de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Guarko, S.A.", CIF A28869361, con domicilio en Madrid, Batalla del Salado, n.º 44. 2.º Que el deudor, "Guarko, S.A.", conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. 3.º Que se acuerda simultáneamente la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis LC. 4.º Que se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudiera derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado. 5.º Que se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6.º Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada. Madrid, 19 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.