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Procédure collective

DOP-PILES SOCIEDAD LIMITADA

CIF B04233151Voir la fiche société

Publications
827/07/201123/08/2022
Procédure
249/2011 · 535/2012
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo instancia n

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/08/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA Proc. 249/2011Juge : MARGARITA ISABEL POVEDA BERNALOrdonnance 10/02/2022

    INFORME DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL, JUNTO CON INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS Y LISTA DE ACREEDORES

  2. Otro acto concursal23/08/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA Proc. 249/2011Juge : EDUARDO M. ENRECH LARREAOrdonnance 10/02/2022

    Auto de declaración de concurso consecutivo, voluntario y abreviado.

  3. Conclusión del concurso20/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA Proc. 249/2011Juge : MARGARITA ISABEL POVEDA BERNALOrdonnance 10/02/2022

    DECLARA LA CONCLUSION DEL CONCURSO

  4. Otro acto concursal10/04/2014
    ⚖️ ALMERÍAProc. 249/2011Ordonnance 05/02/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Almería, anuncia: Que el procedimiento concursal número 249/2011, referente al concursado Dop Piles, S.L., con C.I.F. B-04233151 y domicilio Polígono Industrial Las Cruces, Parcela T-) de Fines (Almería), por auto de fecha 5 de febrero de 2014 ha acordado lo siguiente: El archivo de las actuaciones de la Sección Sexta por calificación de Fortuito del presente procedimiento concursal. Almería, 5 de febrero de 2014.- El/La Secretario Judicial.

  5. Otro acto concursal05/12/2013
    ⚖️ ALMERÍAProc. 249/2011Ordonnance 11/10/2013

    El Juzgado de lo Mercantil de Almeria Anuncia 1.º Que en el procedimiento concursal 249/2011 referente al concursado Dop Piles S.L., con C.I.F. B-04233151, se ha dictado con fecha 11 de octubre de 2013, mediante el que se aprueba el Plan de Liquidación presentado por la Administración Concursal, siendo concursada Dop Piles, S.L., al cual deberán atenerse las operaciones de Liquidación de la masa activa, con las siguientes modificaciones: -Caso de subasta del bien inmueble sujeto a créditos con privilegio especial se hará mediante subasta pública, conforme a lo dispuesto en el art. 155.4 LC y lo establecido en la LEC para la ejecución hipotecaria. -Caso de subasta de resto de los bienes del activo, esta se hará según su naturaleza conforme a las disposiciones establecidas en la LEC para el procedimiento de apremio. -Caso de subasta del bien inmueble, las acreedoras hipotecarias quedan exoneradas de depósitos para pujar y de consignar el importe de la puja si es inferior a la cuantía del crédito ostentado por el procedimiento. 2.º Cada tres meses la administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones. 3.º Procédase a la formación de la sección sexta de calificación del concurso y dentro de los diez días siguientes a la última publicación cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Almeria, 22 de octubre de 2013.- El/la Secretario Judicial.

  6. Apertura de liquidación15/06/2013
    ⚖️ ALMERÍAProc. 249/2011Ordonnance 04/04/2013

    El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia: Que en el procedimiento concursal número 249/2011 referente al concursado Dop Piles, SL., con CIF B04233151 y domicilio en Polígono Industrial Las Cruces, Parcela T-9, de Fines (Almería), se ha acordado lo siguiente: 1.-Abrir la fase de liquidación. 2.-Queda disuelta la mercantil Dop Piles, S.L. 3.-Se declara el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. Almería, 4 de abril de 2013.- Secretario Judicial.

  7. Otro acto concursal10/01/2013
    ⚖️ ALMERÍAProc. 535/2012Ordonnance 04/12/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1º.-Que en el procedimiento n.º 535/2012, con NIG 0401342M20120000552 por auto de 21/11/2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Albañilería Macadi, S.L., con CIF B-04233151, y domicilio en calle Romero, n.º 1, de Macael (Almería) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2º.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC, a estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Tharsis abogados&economistas slp, con cif B-04734364, designando como dirección postal calle José Artés de Arcos, n.º 27, cp 04004 de Almería, número de teléfono 950272797 y fax número 950272799, así como dirección electrónica [email protected], en las que efectuar las comunicaciones de créditos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3LC). En Almería, 4 de diciembre de 2012.- El/la Secretario Judicial.

  8. Otro acto concursal27/07/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo instancia nProc. 249/2011Ordonnance 07/07/2011

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo instancia n.º 7) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 249/2011, por auto de 17/06/2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Dop Piles, S.L.", con N.I.F. B-04233151, domicilio en polígono industrial "Las Cruces", parcela T-9, Fines (Almería). 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 7 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.