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Procédure collective

DULCINEA NUTRICION, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B13455639Voir la fiche société

Publications
614/02/202021/10/2020
Procédure
0000146/2018 · 146/2018
Tribunal
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal21/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 0000146/2018Juge : FLORENCIO MOLINA LOPEZOrdonnance 06/02/2020

    ACUERDO LA CONCLUSION del concurso CANET PUNT SA, cesando dodos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura.

  2. Otro acto concursal21/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 0000146/2018Juge : ALEJANDRO MARTÍNEZ GARCÍAOrdonnance 06/02/2020

    AUTO DECLARACIÓN CONCURSO

  3. Apertura de liquidación24/04/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 0000146/2018Juge : Salvador Vilata MenadasOrdonnance 24/06/2020

    Auto de conclusión del concurso de la mercantil con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral. Se expide el presente para general publicidad de la decisión, en los términos de los arts. 177 y 23 LC.

  4. Declaración de concurso13/03/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 0000146/2018Juge : JUAN ENRIQUE TEVAR FERNANDEZOrdonnance 06/02/2020

    AUTO CONCLUSION DEL CONCURSO 12/02/2020 POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA

  5. Declaración de concurso27/02/2020
    ⚖️ CIUDAD REALProc. 146/2018Ordonnance 11/02/2020

    EDICTO Don José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, HAGO SABER: Que advertido error tipográfico en el edicto de fecha 11 de febrero de 2020 publicado en el BOE el 14 de febrero de 2020, con numero 39, sec.IV. Pag.8129, se ha acordado rectificar el error advertido consistente en hacer constar que el auto de declaración de concurso de la mercantil Dulcinea Nutrición, S.L., con CIF: B-13455639, y domicilio en Puertollano Calle Grecia, s/n, Polígono Industrial La NAVA II., es de fecha 06/02/20 y n.º el 04/02/20, como se hizo constar, por lo que el apartado 1.º del edicto de 11 de febrero de 2020, queda con el tenor literal siguiente: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 146/2018 y NIG n.º 13034 41 1 2018 0002640, se ha dictado en fecha 6 de Febrero de 2020, auto de declaración de concurso necesario del deudor Dulcinea Nutrición, S.L., con CIF: B- 13455639, y domicilio en Puertollano Calle Grecia, S/n, Polígono Industrial La NAVA II. Ciudad Real, 24 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.

  6. Declaración de concurso14/02/2020
    ⚖️ CIUDAD REALProc. 146/2018Ordonnance 04/02/2020

    EDICTO Don José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, HAGO SABER: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 146/2018 y NIG n.º 13034 41 1 2018 0002640, se ha dictado en fecha 4 de febrero de 2020, auto de declaración de concurso necesario del deudor Dulcinea Nutrición, S.L., con CIF: B-13455639, y domicilio en Puertollano Calle Grecia, s/n, Polígono Industrial La NAVA II. 2.º-Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas -conforme a lo establecido en el art 40.1.2 de la LC, facultades que serán asumidadas por la administración concursal, salvo que en informe posterior de la administración concursal y para evitar riesgos o por otras razones que lo justifiquen sean modificadas por el régimen de intervención. 3.º-Ha sido designado como Administración concursal el letrado don Rafael Muñoz de la Espada Palomino, colegiado n.º 60.898 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, con domicilio en Paseo de la Castellana, 122, 1.º Dcha, 28046, Madrid y correo electrónico: [email protected] 4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Ciudad Real, 11 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.