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Procédure collective
ECOSTONE TRADE SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95665022Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 05/07/2018 → 01/12/2018
- Procédure
- 451/2018
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal01/12/2018⚖️ BILBAOProc. 451/2018Ordonnance 15/11/2018
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao. Anuncia Que en el procedimiento concursal CNA 451/2018-M en el que figura como concursado Ecostone Trade, S.L., con CIF B-95665022, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 15 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jaime Mourensa Arriola.
- Otro acto concursal05/07/2018⚖️ BILBAOProc. 451/2018Ordonnance 04/06/2018
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 451/2018, NIG número 48.04.2-18/015801, por auto de fecha 4 de junio de 2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ecostone Trade, S.L., con CIF B-95665022, y domicilio, a efectos de instar la declaración voluntaria de concurso, en la calle Gernikako Arbola, número 22, 8.° B - 48902 Barakaldo (Bizkaia). Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que la administración concursal ha correspondido a don Jorge Cabia Agustín, economista auditor censor jurado de cuentas. Domicilio postal: Alameda Mazarredo, número 7, Ppal. lzda. - 48001 Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] Teléfono: 94 424 95 35. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal) Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: wyvw.publicidadconcursal.es Bilbao, 14 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.