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Procédure collective

EDIFICACIONES CAGIGAS SOLAR SL

CIF B39576467Voir la fiche société

Publications
207/03/201329/09/2016
Procédure
446/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso29/09/2016
    ⚖️ SANTANDERProc. 446/2012Ordonnance 12/09/2016

    Doña Luisa Araceli Contreras García, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia se ha acordado por Auto de fecha 12 de septiembre de 2016, lo siguiente: 1.º Se declara concluso el presente concurso 446/2012, correspondiente a Edificaciones Cagigas Solar, S.L., por inexistencia de bienes y derechos del concursado, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2.º Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3.º Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4.º Se acuerda el cese de la administración concursal. 5.º Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica de Edificaciones Cagigas Sikar, S.L., con CIF B39576467, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander, conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE. Santander, 12 de septiembre de 2016.- Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal07/03/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SantanderOrdonnance 05/11/2012

    Edicto Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander. Hago saber: 1.º Que en el procedimiento concursal 0000446/2012, por auto de fecha 5 de noviembre de 2012 se ha declarado en concurso al deudor Edificaciones Cagigas Solar, S.L.U. con C.I.F. B39576467 y con domicilio en BO. Rinconeda M13, Polanco, Cantabria. 2.º Que se suspende al deudor el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. El plazo para esta comunicación es de un mes (15 días si es un concurso abreviado) a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página web del TSJC. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). 5.º Que ha sido nombrado administrador concursal D. Juan José Estruch Escriva, con DNI núm 19986757X y con domicilio profesional en calle Cirilo Amorós nº42, 6º, pta.12, 46004 Valencia, con número de teléfono 963514417 y número de fax 962951538 y correo electrónico consultores [email protected] Santander, 19 de diciembre de 2012.- La Secretaria.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.