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Procédure collective

EDIFICIO PRAT 19 SL

CIF B63468979Voir la fiche société →

Publications
2 — 11/06/2015 → 14/12/2019
Procédure
352/2015
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal14/12/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de BarcelonaProc. 352/2015Ordonnance 03/12/2019

    Clara Pardo García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona, Hago saber que: En el Concurso Voluntario Abreviado 352/2015-E se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de la mercantil Edificio Prat 19, S.L., con CIf B63468979, con domicilio en Barcelona, calle Alfonso XII nº 23 - 27, Escalera B, 1º 2ª. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC) ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 3 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Clara Pardo García.

  2. Declaración de concurso11/06/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 352/2015Ordonnance 11/05/2015

    Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de Declaración de Concurso dictado por este Juzgado: Número de Auto.- Concurso 352/2015 Sección G. NIG. - 08019-47-1-2015-8003401. Fecha del Auto de Declaración.- 28/04/15. Clase de Concurso: Voluntario abreviado Entidad Concursada.- Edificio Prat 19, S.L. con domicilio en Barcelona, C/ Alfonso XII, n.º 23-27, Esc. B -1.º 2.ª, con CIF n.º B-63468979. Administradores concursales.- D.ª Elisa Valle Solano, como Economista. Dirección Postal.- Avda. Diagonal, n.º 604, 4.º 2.ª, Barcelona. Direción Electrónica.- [email protected] Regimen de las Facultades del Concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 11 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.