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Procédure collective
EJIDOFRUIT SCA
CIF F04210878Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 20/11/2014 → 16/05/2023
- Procédure
- 47205/2014
- Tribunal
- Mercantil - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso16/05/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 47205/2014Juge : MARTA ARAGÓN ARRIOLAOrdonnance 12/05/2023
CONCLUSIÓN CONCURSO Y EXTINCIÓN MERCANTIL EJIDOFRUIT SCA
- Otro acto concursal03/04/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 47205/2014Juge : MARTA ARAGÓN ARRIOLAOrdonnance 20/03/2023
Rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal
- Otro acto concursal20/11/2014⚖️ ALMERÍAOrdonnance 23/10/2014
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 472/14, con NIG 0401342M20140000498, por auto de fecha 23 de octubre de 2014 se ha declarado en concurso necesario al deudor Ejidofruit SCA con CIF F-04210878, con domicilio en C/ Sansovino, n.º 28, El Ejido (Almería) 2.º Se ordena la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso, las cuales serán asumidas por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Dña. Magdalena Salvador Ventura, con DNI 34.843.551-T, con domicilio postal C/ Los Picos, 6, 3.º-1, Almería, teléfono 950- 85 11 56 y fax: 950- 23 96 32, así como dirección electrónica [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 3 de noviembre de 2014.- El/la Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.