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Procédure collective
EKOMOTRIL SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B18897736Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 15/02/2017 → 28/10/2019
- Procédure
- 93/2016
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación28/10/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA Proc. 93/2016Ordonnance 23/04/2019
Auto de apertura de la fase de liquidación
- Declaración de concurso15/02/2017⚖️ GRANADAProc. 93/2016Ordonnance 20/12/2016
Edicto. EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE GRANADA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 93/2016, con NIG 1808742M20160000113, por auto de 20 de diciembre de 2016 se ha declarado en concurso ordinario necesario al deudor Ekomotril, S.L., con CIF B-18897736, y con domicilio en c/ Florida, 36, 18600 Motril (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada. 2.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Gestión y Administración Concursal, S.L.P., con domicilio postal c/ Martínez Campos, 24, 2.º D, 18002 Granada, y dirección electrónica: [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC. 3.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 4.º Que el Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp. 5.º Igualmente en dicho auto se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Granada, 30 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.