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Procédure collective
EL OLIVAR DE AYALA SL
CIF B41955303Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 15/07/2013 → 09/04/2024
- Procédure
- 309/2013 · 38/2011
- Tribunal
- Mercantil - 5 · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso09/04/2024⚖️ Mercantil - 5Proc. 309/2013Juge : MOISES GUILLAMON RUIZOrdonnance 08/04/2024
Auto de conclusión
- Otro acto concursal03/04/2014⚖️ MADRIDOrdonnance 06/03/2014
Edicto Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, Hago saber: Que en el procedimiento concursal número 309/13 del deudor El Olivar de Ayala, S.L., C.I.F. número B-41955303, se ha presentado el informe de la administración concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en estrados, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de abogado y procurador. En la demanda de incidente concursal y contestación a la misma, si las partes quieren que se celebre vista necesariamente deberán justificar la pertinencia y utilidad de los medios de prueba propuestos. Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente Madrid, 6 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso27/07/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridProc. 38/2011Ordonnance 15/07/2013
Edicto. D.ª M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que con fecha 15 de julio de 2013, se publicó en el Boletín Oficial del Estado edicto comunicando la declaración de concurso voluntario de la sociedad "El Olivar de Ayala, S.L.", con CIF B-41955303, bajo el número de autos 309/13, en el que se indicaba una dirección postal errónea para realizar la comunicación de créditos, procediéndose a su rectificación y computándose el plazo nuevamente desde la publicación del presente edicto. "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador concursal don Ignacio Rodríguez de la Riva, mediante comunicación por correo postal a paseo Pintor Rosales, n.º 68, 3.º dcha., 28008 Madrid, o por correo electrónico a [email protected], la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al juzgado." Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en el lugar y fecha expresados. Madrid, 16 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal15/07/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridProc. 38/2011Ordonnance 18/06/2013
Edicto. D.ª M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 309/13, en el que recayó Auto de fecha 18 de junio de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: Se declara en Concurso Voluntario Abreviado a "El Olivar de Ayala, S.L.", con CIF B-41955303. Se acuerda la intervención de las facultades del deudor. Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal don Ignacio Rodríguez de la Riva, mediante comunicación por correo postal a calle Ayala, 84, 28001 Madrid, o por correo electrónico a [email protected], la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 26 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.