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Procédure collective

EL RINCON DEL ROCIO SL

CIF B87339560Voir la fiche société

Publications
128/01/201928/01/2019
Procédure
1615/2018

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal28/01/2019
    ⚖️ MADRIDProc. 1615/2018Ordonnance 16/01/2019

    EDICTO Don Luis Espinosa Navarro, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 12 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 1615/2018, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0193188, por auto de fecha 16/01/2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a EL RINCÓN DEL ROCIO,S.L, con n.º de identificación CIF B87339560, y domiciliado en Poeta Rafael Morales esquina María Molinar, s/n. San Sebastian de los Reyes ( Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración Concursal 4.- La identidad de la Administración Concursal es BRS ÁREA CONCURSAL, S.L.P., con domicilio postal en calle Francisco Gervas, 12 piso 13B 28020, MADRID, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 16 de enero de 2019.- El Letrado de la Administracion de Justicia, Luis Espinosa Navarro.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.