Procédure collective
EL XELAN SL
CIF B33018821Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 04/11/2009 → 22/12/2021
- Procédure
- 5000462/08
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE OVIEDO · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal22/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE OVIEDO Proc. 5000462/08Juge : Josefina Oña MartínOrdonnance 15/05/2015
Edicto Anuncia Declaración concurso voluntario de acreedores. Acuerda la apertura de la fase común y de la fase de liquidación. Se declara disuelta la entidad concursada, cesando en su función sus administradores.
- Conclusión del concurso22/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE OVIEDO Proc. 5000462/08Juge : SANDRA VAZQUEZ CALATAYUDOrdonnance 15/05/2015
AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO
- Declaración de concurso01/06/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de OviedoOrdonnance 15/05/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 5000462/08 de concurso Voluntario del deudor EL XELAN, S.L., CIF n.º B-33018821, se ha dictado Auto, con fecha 15-5-15, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Decido: Declarar la conclusión del concurso 462/08, en el que figuraba como concursada EL XELAN, S.L., al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Contra este auto no cabrá recurso alguno. Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Concursal. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo Juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado. Y para su publicación, se expide el presente Oviedo, 15 de mayo de 2015.- El/la Secretario/a judicial.
- Convenio de acreedores04/11/2009⚖️ OVIEDOOrdonnance 17/12/2009
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 5000462/2008, referente al concursado El Xelan S.L., con CIF número B-33018821, se ha convocado junta de acreedores que se celebrará el día 17 de diciembre de 2009 a las 13:00 horas en la sede de este juzgado. 2º.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal. 3º.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal. 4º.- Se abre la fase de convenio que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la Sección Quinta. 5º.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal. Oviedo, 16 de octubre de 2009.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.