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Procédure collective

ELCA SA EN LIQUIDACION

CIF A28058154Voir la fiche société

Publications
404/11/201114/05/2025
Procédure
513/2011
Tribunal
Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso14/05/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 513/2011Juge : MARIA ROCIO MARINA COLLOrdonnance 08/05/2025

    se ha dictado conclusión del concurso, con extinción de la sociedad en Registro Mercantil, conforme a resolución adjunta.

  2. Otro acto concursal14/06/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 513/2011Juge : ANA ISABEL DEL POZO AGUILAROrdonnance 06/06/2024

    Dar traslado por quince días a acreedores e interesados para formular oposición al informe final de liquidación y a la rendición de cuentas presentadas por la Administración concursal.

  3. Otro acto concursal30/05/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 513/2011Juge : Ana Isabel del Pozo AguilarOrdonnance 10/05/2023

    Rendción de cuentas de Administrador concursal

  4. Otro acto concursal04/11/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MálagaProc. 513/2011Ordonnance 14/10/2011

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 513/2011, por autos de 14/10/11 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Elca, S.A., con NIF A-28058154, domicilio en calle Gran Vía, n.º 88, Madrid, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4. º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). Málaga, 14 de octubre de 2011.- El/la Secretario/a judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.