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Procédure collective

ELECTRICA ARIAS SA

CIF A07030703Voir la fiche société

Publications
102/08/201302/08/2013
Procédure
692/2013
Tribunal
Juzgado de lo mercantil nº 1 de Palma

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso02/08/2013
    ⚖️ Juzgado de lo mercantil nº 1 de PalmaProc. 692/2013Ordonnance 24/07/2013

    D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo mercantil nº 1 de Palma por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 692/2013 y NIG nº 07040 470102013/0001012 se ha dictado en fecha 24 de julio de 2013 Auto de declaración de concurso del deudor Electricas Arias con Cif A-07030703, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Alexandre de Laborde nº 23 Polígono Industrial Enagistes (Can Valero), Palma de Mallorca. 2º.- Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. 3º.- Que la abogada nombrada administradora concursal, Dª. Angela Carnicero Alcover, en fecha 30 de julio de 2013, ha aceptado el cargo. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Dels Caputxins, nº 4 A 3º B 07002 Palma de Mallorca, o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 30 de julio de 2013.- El Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.