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Procédure collective

ELECTRICIDAD LAM SL EN LIQUIDACION

CIF B31425598Voir la fiche société

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109/08/201609/08/2016
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona/ Iruña

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso09/08/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona/ IruñaOrdonnance 18/07/2016

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona/ Iruña en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia: 1°.- Que en el Concurso Abreviado número 0000263/2016, NIG 3120147120160000246, por auto de 18 de julio de 2016 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor ELECTRICIDAD LAM, S.L., con CIF n.º B31425598 y domicilio en Plaza Jose Miguel de Barandiarán/José Migel Barandiarán Plaza, 13, bajo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Pamplona. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC. La Administración concursal está integrada por: D/ Dº Ignacio Mª Iraizoz Zubeldia D.N.I: 29149693E Mayor de edad, nacionalidad española vecino de Pamplona. - Código postal 31006 Domicilio: Parque Tomas Caballero nº 2, edificio 1, planta 1 (Edificios Inteligentes), of. 5-6 Profesión: abogado. Teléfono 948203483 Fax 848845272 Correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso. 4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (articulo 184.3 L.C.) 5º.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación. En Pamplona, 28 de julio de 2016.- El/ la letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.