AccueilJusticeI.M. ELECTRICS BASTIMENTS SL

Procédure collective

I.M. ELECTRICS BASTIMENTS SL

CIF B17271826Voir la fiche société

Publications
307/11/201103/05/2014
Procédure
405/2011

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal03/05/2014
    ⚖️ GIRONAOrdonnance 12/03/2014

    Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número uno de Girona, Hago saber: Que en el Concurso Voluntario abreviado número 405/11, se ha acordado mediante Auto de fecha 12 de marzo de 2014 el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Electrics Bastiments Sociedad Limitada, con CIF: B-17271826, con domicilio en calle Santiago Rusiñol, 2, de Ripoll (Girona). Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 13 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso22/11/2012
    ⚖️ GIRONAOrdonnance 12/04/2012

    Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado número 405/11, se ha acordado, mediante auto de esta fecha, la apertura de la liquidación de oficio, de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar finalizada la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil "I.M. Electrics Bastiments, Sociedad Limitada" con CIF B-17271826, y abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143. 1 1.º de la Ley Concursal, al no presentarse propuesta de convenio. Se suspende la Junta de acreedores señalada para el próximo dia 12 de abril de 2012, a las 10:00 horas. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley Concursal. Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado". Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al tomo 97, folio 64, hoja número GI-1717, del Registro Mercantil de Girona, así como al Registro de la Propiedad de Ripoll, finca número 8.160 de Ripoll, tomo 1.641, libro 237, folio 216, inscripción 11.ª, ordenándose la practica de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias anteriormente manifestadas. Entréguese en debida forma al Procurador don Carlos Javier Sobrino Cortés, los mandamientos y oficios correspondientes para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el artículo 168, en relación con el 191 de la Ley Concursal, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Ley Enjuiciamiento Civil). Así lo manda y firma el Magistrado Juez Don Hugo Novales Bilbao del Juzgado Mercantil uno Girona; de lo que doy fe. El Magistrado-Juez, el Secretario Judicial. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 19 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal07/11/2011
    ⚖️ GIRONAProc. 405/2011Ordonnance 21/09/2011

    El Juzgado Mercantil uno de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal. Primero.- Que en el procedimiento número 405/2011 concurso, por auto de fecha 21 de septiembre de 2011 se ha declarado concurso, al deudor IM Electrics Bastiments, Sociedad Limitada, con cif número B 17271826 y domicilio y centro de principales intereses en Ripoll calle Santiago Rusiñol, número 2. Segundo.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley concursal. El plazo para esta comunicación es el de Quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín oficial del Estado. Tercero.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley concursal). Cuarto.- Que la concursada conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. En Girona, 23 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.